La Celosía.com. Jueves 11 de octubre de 2012
MARIA ROSA ROTONDO*
Puesto que no existe tal entidad conocida como ‘el público’, ya que el público es meramente una cantidad de individuos, la idea de que ‘el interés público’ va por encima de los intereses y derechos privados solo tiene un significado: que los intereses y derechos de algunos individuos tienen prioridad sobre los intereses y derechos de los demás.” Ayn Rand, La Rebelión de Atlas.
En nuestro país no se reconoce la actividad del lobby ni su ejercicio, lo cual no significa que no existan. Los lobbies en España existen y es inútil negarlo. Sin embargo, es una realidad que permanece oculta – si bien cada vez menos – quizá porque se parte de la consideración de que por defender intereses normalmente empresariales, éstos no son legítimos, o porque permitir a las empresas expresar su parecer sobre la legislación que directamente impacta en su actividad implica irremisiblemente atentar contra el interés general.
En definitiva, existe la percepción general de que tanto el ejercicio de lobby, como la receptividad por parte de los representantes públicos (“dejarse influir”) es, como dice Ayn Rand, un esfuerzo de suma cero en el que para que alguien gane, otro tiene que perder.
Por el contrario, cuanto más lobby se haga, entendiendo como tal la capacidad de comunicar, trasladar mensajes, enriquecer el debate, favorecer la multiplicidad de puntos de vista, más rica será la opinión del regulador y más transparente será la toma de decisiones, resultando en mejor legislación, que debe ser en todo caso el objetivo de una buena acción de lobby.
Hasta ahora, los tímidos intentos de regulación del lobby que ha habido en nuestro país no han sido precedidos de un debate serio y maduro sobre la necesidad de ordenar esta actividad. Puede que nos encontremos ahora ante esta oportunidad, con ocasión de la tramitación parlamentaria de la Ley de Transparencia, Acceso a la Información y Buen Gobierno. Se trata de una ley de amplio espectro que abarca distintos temas. Sin ser un proyecto de ley perfecto – casi ninguno lo es – sí que parece ser mejorable en el trámite parlamentario incorporando nuevas medidas y una de éstas podría ser muy bien la creación de un registro de representantes de interés y la consiguiente obligatoriedad de un código de conducta. Ambos elementos constituyen el eje de la regulación de la actividad de lobby en la mayoría de los países de nuestro entorno (hasta 14 de la Unión Europea) así como ante las Instituciones europeas.
¿Por qué es necesario ordenar la actividad de representación de intereses? Por varios motivos.
En primer lugar, la regulación de la actividad de lobby debe realizarse como ejercicio de transparencia, participación, democracia y competitividad, ya que la representación de intereses es un aspecto fundamental de un sistema democrático (el derecho a la libertad de expresión) y que además, afecta directamente a la competitividad de un país. Ello es así porque partimos de la premisa de que cuando las empresas hablan, los políticos escuchan, se elaboran mejores leyes que tienen en cuenta los intereses en juego. Ello no quiere decir, volviendo a la cita de Ayn Rand, que siempre prevalezca un interés particular, sino simplemente que todos serán tenidos en cuenta. Una vez dicho esto, corresponde al legislador y sólo a este, decir la forma de equilibrar dichos intereses o de regular en una u otra manera. Preguntada en una ocasión, cuando competía con Barack Obama por la candidatura del Partido Demócrata Hillary Clinton sobre si defendería los intereses de los lobbies, respondió rotunda que por supuesto que lo haría, puesto que los lobbies representan a personas, incluso a empresas, que crean puestos de trabajo, pero no se separaría un ápice de sus convicciones
(http://www.youtube.com/watch?v=ZIG3YOY-qG8)
En segundo lugar, conviene que los ciudadanos sepan a qué intereses obedecen las decisiones del legislador. De ahí que sea necesario impulsar la transparencia de los intereses que confluyen sobre los Diputados y Senadores, así como sobre el Gobierno cuando legisla, que lo hace y mucho. Lo mismo puede decirse del nivel autonómico. Esta transparencia se instrumentaliza mediante la creación del Registro público, en el que debe inscribirse, en nuestra opinión, obligatoriamente todas aquellas personas que acceden al legislativo con la intención de influir en la elaboración de la legislación, políticas públicas o en la toma de decisiones.
Además del mencionado Registro, es necesario introducir unas mínimas normas de conducta aplicables a la relación de los representantes de intereses con el legislador. Este código no ha de ser muy elaborado – a las 12 normas del Código vigente en la Unión Europea me remito. Son normas básicas y sencillas que están orientadas fundamentalmente a proteger la veracidad, confidencialidad y transparencia de la comunicación. Con ello, se consigue además que el legislador pueda actuar en caso de que uno de los lobistas incumpla el Código, y con ello se protege a las instituciones frente a la corrupción.
Entendiendo la transparencia como una vía de doble sentido, la introducción de estas medidas que actúan sobre los lobistas debe ir acompañada de medidas que a su vez, faciliten nuestro trabajo. En estos momentos, los profesionales españoles nos movemos a tientas por los vericuetos de la Administración. Depende en gran medida de la habilidad o de los contactos de cada uno acceder a la información necesaria para desarrollar nuestro trabajo. Como se suele decir, la información es poder. Pues bien, parafraseando al Diputado de ICV Joan Josep Nuet (@nuet) la transparencia significa repartir ese poder. Es decir, en la medida que se introduzcan mecanismos de transparencia sobre los procesos de toma de decisiones o de elaboración de legislación, más gente accederá a la misma y la información no será accesible solo a algunos.
De ahí que, mediante la transparencia, se logra truncar el resultado de la cita con la que hemos introducido este artículo: con la transparencia se evita en la mayor parte de los casos, que unos intereses primen sobre otros, estableciendo un equilibrio entre los intereses en juego, sometido al escrutinio de la sociedad.
¿Habría sido diferente el resultado de determinadas campañas de lobby en nuestro país en caso de que estos mecanismos hubieran existido? La verdad es que lo dudo. Mi experiencia personal es que cuando una pretensión se alinea con el interés general, ya sea porque derriba barreras al crecimiento, genera empleo o simplemente, porque es lógica, suele tener resultado. Simplemente necesitan hacerse oír. Sin embargo, aquellos intereses que contravienen esta regla normalmente necesitan de la opacidad como aliada. La mejor Ley no está blindada frente a su incumplimiento. Sin embargo, una cosa está clara: si España regulase ahora la actividad de lobby, sería uno de los primeros en hacerlo sin que sea una reacción frente a un escándalo de corrupción. Por eso ahora es el momento.
Finalmente, permítanme unas palabras para desmitificar la actividad del lobista. Si bien es cierto que la actividad está destinada a influir en la legislación en desarrollo, o en la definición de políticas públicas o en la toma de decisiones, la mayor parte de profesionales ejercemos esta actividad convenciendo con argumentos, no mediante el ejercicio de una “influencia” intangible que no poseemos ya que, de ser así, solo contadas personas podrían desarrollar esta actividad. La mayoría de los profesionales que ejercemos esta actividad lo hacemos documentándonos, aprendiendo, haciendo nuestros elaborados argumentos, y trasladándolos a las personas adecuadas en el momento adecuado. Por ello es una actividad profesional que requiere de preparación, estudio, rigor y análisis, y así es en todos los países en los que tiene una profunda tradición, como Estados Unidos o el Reino Unido.
En muchos casos, nuestra actividad se centra en hacer pedagogía, ya que legislador no necesariamente tiene que saber de todo. En otros, se trata de generar intereses a favor o en contra de una política en ciernes. En todos los casos, exige una capacidad de monitorización exhaustiva, que no siempre es fácil en ausencia de mecanismos eficaces que pongan la información a nuestra disposición. Por tanto, la actividad de lobby, de public affairs, de representación de intereses, advocacy o como se quiera llamar no consiste solo en influir sino también en educar, en generar debate y opinión y en representar intereses legítimos que solo aspiran en la mayor parte de los casos a ser escuchados.
En conclusión, entendemos que la representación de intereses forma parte del proceso democrático, ya que en las democracias modernas la libertad de expresión se ejerce no solo a través de los individuos sino, también, a través de las organizaciones de la sociedad civil ya sean empresas, ONGs, organizaciones de consumidores, thinks tanks, o sindicatos.
Esperamos que España pronto adopte medidas que permitan ordenar el ejercicio de esta actividad, estableciendo mecanismos que favorezcan la transparencia de doble sentido, y que de esta manera, se fortalezca la democracia.
MARIA ROSA ROTONDO
*Presidenta de la Asociación de Profesionales de las Relaciones Institucionales (APRI)