Alicia Azaña, Gerente de la Asociación Nacional de Empresas Socioculturales y socia de APRI

JFK decía que “La ignorancia de un votante en democracia perjudica la seguridad de todos”, yo pienso que la ignorancia de un político sobre una materia que desconoce perjudica la seguridad de todos, si además pretende bien intencionadamente regularla sin escuchar a los que saben de ella, estamos ante una temeridad.

La toma de decisiones, aunque responsabilidad individual de aquellos políticos, a los que con nuestro voto delegamos la capacidad de administrar nuestra sociedad y normas de convivencia, no impide que ésta sea lo más transparente posible y abierto a la participación activa de los ciudadanos.

El camino hacia la regulación de un Lobby profesional transparente y ético, parte en nuestro país de los inicios constitucionales, mucho ha llovido desde entonces, y a pesar de la profusión legislativa que la democracia trajo consigo, sucesivamente hemos ido relegando la regulación de un sector profesional al que se ha mirado bajo la lupa de la sospecha.

Nada más lejano a la realidad, ya que se compone de buenos profesionales que aportan información y expertisse a los reguladores en la materia que le es afín, para que nuestras leyes, reglamentos y regulaciones sean lo más eficaces y eficientes.

La sola presencia de España en escenarios multilaterales y su incorporación a la UE ya hubiera requerido de una regulación al respecto, para caminar acompasados a otros países de nuestro entorno, ya que cualquier político encargado de legislar debe contar con la mayor información, no sólo la que les facilitan sus asesores, sino aquella que pueden proporcionarle empresas, grupos de interés y sector, para conocer los inputs necesarios que deberá establecer en la reglamentación de una materia concreta y dimensionar el impacto que causará en los ciudadanos y en el conjunto de la sociedad.

Cuanto más completa sea esta información, menor posibilidad de error y parcialidad.  El lobby por tanto sirve como herramienta imprescindible para administraciones, empresas y grupos de interés, al proporcionar al legislador toda la información necesaria para regular en el buen camino, acompañándole si es preciso, para que pueda actuar de forma acertada.

Este caudal de información veraz, ha de proporcionarse de manera profesional y transparente, no sólo con un Registro de “quien recibe a quien y para que, y cuál es el destino del presupuesto que maneja en esa área” o un Código de Conducta de nuestros Diputados y Senadores, es además conveniente aplicar, el lema germánico de que “todo aquello que no está permitido, queda rigurosamente prohibido”.

Y eso es precisamente lo que se ha aplicado en la Unión Europea, desde 2011 el Registro de Transparencia identifica a todo aquel que se relaciona con miembros de sus organismos, bien sea Parlamento, Comisión, o Consejo de la Unión _incorporado en diciembre de 2020_ a nivel de Diputado, funcionario o alto cargo.  Cuenta con 6 categorías y 12.606 registrados _ datos del último informe 2020_,  de los que sólo el 6% son españoles, frente al 18% belgas, 13% alemanes, 10% franceses u 8% británicos.

Aunque la inscripción al Registro es voluntaria, se cuenta con una serie de ventajas que la hacen recomendable, tales como: accesos de larga duración a las instituciones, realizar intervenciones como oradores en audiencias públicas, suscribirse a notificaciones electrónicas, apoyar actividades de las agrupaciones no oficiales del Parlamento, o solicitar el patrocinio del presidente del Parlamento.

En el caso de la Comisión Europea es obligatoria la inscripción en el Registro para poder reunirse con miembros del gabinete, directores generales o jefes de servicio y se revisa su inscripción en el caso de solicitar contacto con otros funcionarios, se les notifican automáticamente consultas públicas y hojas de ruta de las materias de su interés o pueden ser nombrados miembros del grupo de expertos, o solicitar patrocinio de la Comisión.

El Registro de Transparencia cuenta con una Secretaría Común encargada de la gestión (asistencia técnica y control de calidad del mismo) y que recibe alertas (errores en materia de Registro) y denuncias de terceros (alegaciones sobre un supuesto incumplimiento del Código de conducta). Resulta de igual interés la formación que se presta a funcionarios sobre como tratar a los grupos de interés.

En España debiéramos inspirarnos en estas herramientas de la UE, algunas administraciones autonómicas y locales ya cuentan con Registros similares, tales como el del Ayuntamiento de Madrid, es capital extenderlos por toda nuestra geografía, y que culmine la regulación a nivel nacional que ya parece inminente.