Se trata de la primera vez que se aprueba este instrumento desde que se impuso esta obligación al Gobierno por el artículo 25 de la Ley del Gobierno, del 27 de diciembre de 1997, en la redacción dada al mismo por la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público, del 1 de octubre de 2015, y una vez aprobado el Real Decreto del 24 de marzo de 2017, por el que se regularon el Plan Anual Normativo y el Informe Anual de Evaluación Normativa de la Administración General del Estado y se creó la Junta de Planificación y Evaluación Normativa.

La conveniencia de la aprobación del Plan deriva de la exigencia de racionalizar la actividad de producción normativa y mejorar la calidad de las normas, así como permitir la evaluación periódica de la aplicación de las que están en vigor. Además, es un reto no exclusivo del ordenamiento español, sino que se ha puesto de manifiesto en el ámbito de la OCDE, del Derecho comparado o de la Unión Europea, a través del Acuerdo Interinstitucional «Legislar mejor» alcanzado por el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión Europea, que entró en vigor en 2016.

Igualmente, debe ponerse en relación con el proyecto general de mejora de la calidad normativa que inspira todo el informe aprobado por la Comisión para la Reforma de las Administraciones Públicas.

Objetivos

A través del Plan Normativo se persiguen tres objetivos fundamentales:

  • Asegurar, como impone el artículo 25 de la Ley del Gobierno, la congruencia de todas las iniciativas que se tramiten y evitar modificaciones sucesivas del régimen legal de un determinado sector o área de actividad en un corto espacio de tiempo.
  • Dar a conocer a todos los agentes cuáles son las normas previstas para cada año natural, incrementando la transparencia. Por esta razón, el artículo 132 de la Ley 39/2015 impone la publicación del Plan en el Portal de la Transparencia.
  • Racionalizar la actividad normativa, a través de la reflexión que impone la articulación en un calendario del programa legislativo

Además, el Plan Normativo permite coordinar otros instrumentos que afectan a la proyección temporal del ejercicio de la potestad normativa. Por esta razón, en el proceso de elaboración del Plan Anual Normativo se han tenido en cuenta los compromisos asumidos en el Programa Nacional de Reformas, así como las obligaciones de transposición que resultan del Derecho de la Unión Europea.

Las propuestas que se incluyen en el Plan reflejan los objetivos y prioridades políticas de los diferentes ministerios y del Gobierno en su conjunto. En todo caso, la efectiva aprobación de los Proyectos de leyes orgánicas y de leyes ordinarias previstos en el presente Plan hoy aprobado dependerá del Parlamento.

Planificación

Como datos generales del Plan se pueden destacar los siguientes:

  • Se prevé la aprobación de 287 normas, de las cuales 9 tendrán rango de ley orgánica, 38 de ley ordinaria y 240 de real decreto.
  • 44 propuestas normativas derivan de la transposición de Directivas europeas: 4 leyes orgánicas, 17 leyes ordinarias y 23 reales decretos.
  • A lo largo de 2018 se procederá a la transposición de 52 Directivas comunitarias.

El Plan no es un instrumento rígido que impida la aprobación de normas que no estuvieran inicialmente previstas, si bien en estos casos debe justificarse la necesidad en la Memoria del Análisis de Impacto Normativo. En este sentido, se hace referencia a las iniciativas que se podrán derivar de los trabajos que se están llevando a cabo actualmente en las Comisiones Constitucional, de Justicia, Educación y Deporte, y Empleo y Seguridad Social del Congreso de los Diputados.

El Plan identifica las normas que han de someterse a un análisis sobre los resultados de su aplicación, con el fin de evaluar su eficacia, eficiencia y sostenibilidad. Las causas principales que motivan esta evaluación son la incidencia en las cargas administrativas y el impacto sobre la economía en su conjunto o sobre determinados sectores.

43 proyectos normativos se someten al procedimiento de evaluación normativa. Se incluyen, entre otros, la Ley de modificación del texto refundido de la Ley general para la defensa de los consumidores y usuarios, la Ley sobre seguridad de las redes y sistemas de información, la Ley de cooperativas de crédito o los Reales Decretos sobre reutilización de información del sector público o de aprobación del Reglamento del Registro Mercantil.

NORMAS MÁS RELEVANTES

Las normas más relevantes incluidas en el Plan, a las que deben añadirse las disposiciones cuya aprobación está prevista con carácter anual, como es el caso de la Ley de Presupuestos o el Real Decreto por el que se fija el Salario Mínimo Interprofesional, son las siguientes:

– Asuntos sociales:

  • Ley Orgánica de modificación de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, con el fin de dar cumplimiento a los compromisos internacionales, así como los que se deriven de la suscripción del Pacto de Estado en materia de violencia de género creada en el seno de la Comisión de Igualdad del Congreso de los Diputados.
  • Ley de menores sin alcohol, con el fin de adoptar medidas preventivas eficaces para evitar la problemática asociada al consumo de alcohol por parte de los menores de edad.
  • Reglamento de desarrollo de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado

– Protección del medio ambiente:

  • Ley de cambio climático y transición energética, que tiene por objeto establecer un marco normativo que recoja los objetivos a medio y largo plazo de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y los objetivos en materia de energía.
  • Ley por la que se establecen objetivos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero durante el ciclo de vida de los combustibles y de la energía suministrada en el transporte.
  • Ley por la que se modifica la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.

– Protección de derechos:

  • Reformas previstas en la legislación civil, penal y procesal, donde se prevé la modificación de los cuerpos normativos más importantes: el Código Civil, el Código Mercantil, Código Penal, la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley de Enjuiciamiento Criminal, e incluso la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  • Ley Orgánica sobre el Registro de Nombre de los Pasajeros para la Prevención, Investigación y Enjuiciamiento de Delitos de Terrorismo y Delincuencia Grave.
  • Ley de modificación de la Ley 10/2010, de Prevención del Blanqueo de Capitales y de Financiación del Terrorismo.
  • Ley reguladora de determinados aspectos de los Servicios Electrónicos de Confianza
  • Reglamentos de desarrollo de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, y de la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria

– Recuperación económica:

  • Ley del sistema institucional de resolución extrajudicial de conflictos en el ámbito financiero.
  • Ley de transposición de la Directiva 2014/65/UE, reguladora del Mercado de Valores.
  • Ley de transposición de la Directiva 2014/50/UE, relativa a los requisitos mínimos para reforzar la movilidad de los trabajadores entre Estados Miembros en materia de derechos de pensión.
  • Ley por la que se modifica la Ley del Impuesto de Sociedades.

– Hacienda y financiación autonómica:

  • Ley de modificación de la Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía.
  • Ley de reforma del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.
  • Leyes de Presupuestos Generales del Estado correspondientes a los años 2018 y 2019.

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